Devolución de saldo técnico del IVA
Beneficio: devolución del IVA acumulado por la actividad operativa de la empresa fabricante.

Este Régimen tiene por objeto fomentar la fabricación de Bienes de Capital, facilitando el recupero de saldo técnico de IVA, acumulado por la actividad operativa de fabricantes de Bienes de Capital, Informática y Telecomunicaciones, ante la reducción del 50% (del 21% al 10,5%), de la alícuota de IVA, para la venta de dichos bienes. Por la diferencia entre esta alícuota y la aplicada a la compra de insumos, partes y piezas destinadas a la fabricación de los mismos, los fabricantes acumulan saldos técnicos de dicho impuesto.